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sábado, 28 de octubre de 2017

La justicia obliga a la SGAE a cambiar sus estatutos

Por Román

El Juzgado de Primera Instancia número 17 de la ciudad española de Madrid, ha dictado recientemente una sentencia en la que estipula que las editoriales que producen y promueven trabajos musicales, que obedecen a los mismos grupos que las más relevantes corporaciones discográficas del mundo, no están autorizadas a formar parte de la dirección de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), lo cual obliga a esa entidad a modificar algunos de sus preceptos, en cuanto a tópicos como el de reparto de derechos de autor, y afecta gravemente el papel de las grandes editoriales que pertenecen a la SGAE.

Según un trabajo periodístico publicado por el diario español El País, esta determinación pone sobre la mesa una vigente disputa de intereses entre las editoriales y los autores, en una entidad que se encuentra hundida en una crisis, al parecer, duradera. Añade que el dictamen, que todavía puede ser recurrido, responda a la demanda que interpusieron los sellos independientes Ediciones Musicales Clipper's, Busindre Producciones y Producciones Audiovisuales Rumor contra la SGAE, en la cual se requería, el cese de la mebresía de la Junta Directiva, que representan a compañías de grandes empresas multinacionales, entre ellas la Warner BROS, la Emi Songs, y otras. Dicha demanda, estaba basada en la propia aplicación de los preceptos de la Sociedad General de Autores y Editores, y señalaba que, a pesar de que las sociedades que se muestran son diferentes, corresponden al mismo grupo empresarial, y manifiestan intereses idénticos, pues son igualmente beneficiarios del repertorio que gestiona la SGAE. El juez de la ciudad madrileña, dictaminó que las editoriales no pueden ser usuarios y negocios a la misma vez, al tiempo que entendió que dicha situación, calificada como ilegal, perjudica a los autores.

Así, el fallo declara como inválido un segmento del apartado 50.1 de los estatutos de la SGAE, pues este –manifiesta– transgrede el artículo 150.13 contenido en la Ley de Propiedad Intelectual, puesto que no responde por una gestión libre de influencias por parte de los usuarios de su repertorio. El fallo, igualmente, admite únicamente como legítima la primera parte del apartado 50.1, que señala que no podrán ser elegibles los socios, sean estos personas físicas o jurídicas, como titulares, partícipes o socios de alguna empresa o entidad de cualquier tipo, que sea beneficiaria frecuente del repertorio de la Sociedad. Por otra parte, decreta la necesidad de que exista una repartición por “criterios proporcionales de uso”, los que tendrán que ser incluidos en los estatutos de la entidad, y aceptados en su Asamblea General, así como también que esto no podrá ser ejecutado de acuerdo con muestreos o estadísticas, sino que deberá ajustarse a la información que ofrezcan por los usuarios, las emisoras radiales, por ejemplo. Dicho sistema de investigaciones utilizado por la SGAE, según expresa el sitio web noticiasclave.net, ha sido exportado durante varios años a otras sociedades.

“Al interior de la SGAE, el Consejo de Dirección establece las pautas de reparto; lo cual provoca que los editores estén al tanto de sus propios intereses con los derechos de los autores”, manifestó al respecto Mónica Sevil, abogada que atiende la acusación impuesta por los editores independientes mencionados con anterioridad. “Las editoriales multinacionales han manifestado constantemente supuestas decisiones de marcharse de la SGAE, en este momento, ya pueden hacerlo”, expresó Sevil, y añadió, en referencia a la Sociedad General de Autores y Editores, que desde hace varios años estos han falseado los repartos, porque les favorece mucho más a ellos que a cualquier otro”.“Han constituido este boom mediático de estar en contra de las editoriales, de las televisioras y de los autores que trabajan de manera nocturna, puesto que estas se han quedado fuera del negocio, y registran muy pocas ganancias monetarias por las ventas de sus álbumes. La mayor parte del dinero, en este momento, es el que tienen las televisiones. Por eso hay una ofensiva abierta por esa partida”, declaró igualmente, y lanzó una interrogante calificada como decisiva por varios medios, la cual cuestiona si, a partir de este momento, la SGAE defenderá a las compañías discográficas, pues, según la abogada, los que han perdido, históricamente, son los autores, cuyas suertes pueden comenzar a cambiar tras la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Madrid, pues esta aboga por la transparencia en la repartición por los derechos de autor.