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miércoles, 18 de octubre de 2017

Unanimidad contra la Ley del Referéndum

Por Nacional Newsgur

Los doce magistrados que conforman el Tribunal Constitucional han suspendido por unanimidad la Ley 19/2017 del Referéndum de Autodeterminación de Cataluña. Este martes fue declarada institucional y anulada por este órgano jurídico al entender una mala interpretación del derecho de autodeterminación por parte de la Generalitat catalana a la que advierte de que “todo intento encaminado a quebrantar” la unidad de España es “incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”. La sentencia también asegura un “desconocimiento pleno” de la lealtad constitucional y del principio democrático por parte del Gobierno de Cataluña.

De forma unánime. Así ha anulado el Tribunal Constitucional la Ley 19/2017 del Referéndum de Autodeterminación de Cataluña. Aprobada por el Parlament con los votos de los independentistas de Junts pel Sí y los antisistema de la CUP y sin dejar hablar a la oposición, la Ley fue aprobada por la institución catalana el pasado 6 de septiembre para que un día más tarde quedase suspendida de manera cautelar por el mismo TC tras un recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy. Y fue este martes 17 de octubre cuando el mismo órgano juríco ha declarado inconstitucional y anulada dicha ley que favoreció la celebración del referéndum secesionista ilegal del pasado día 1 de octubre y que, junto con la ley de transitoriedad jurídica, quiere sostener la ruptura de Cataluña con el resto de España.

El tribunal entiende inconstitucional dicha ley por una mala interpretación, por parte de la Generalitat, de lo que es el derecho de autodeterminación. Y es que para el Constitucional, el Govern no respeta la Ley Fundamental en la que no se reconoce la posible secesión unilateral de una parte del territorio nacional. Así mismo, se basa en las resoluciones de Naciones Unidas que de forma “inequívoca” acotan el derecho de autodeterminación a pueblos sometidos “a una subyugación, dominación y explotación extranjeras”, que no es el caso de Cataluña y por ello recuerda que “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.

La sentencia dictamina un “desconocimiento pleno” de la lealtad constitucional así como del principio democrático por parte de la Generalitat que “se ha situado por completo al margen del derecho, ha entrado en una inaceptable vía de hecho, ha dejado declaradamente de actuar en el ejercicio de sus funciones constitucionales y estatutarias”. Así mismo, el tribunal entiende que la separación de Cataluña es una cuestión de todo el pueblo español por lo que, apoyándose en el artículo 1 de la Constitución, entienden que debería “ser reconsiderado y decidido también por todos” pues de no ser así “entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la nación de todos”.