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viernes, 1 de diciembre de 2017

Estas son las novedades fiscales del 2º semestre en España

Por Economía Newsgur

Durante el segundo y tercer trimestre del año no se ha producido una gran actividad legislativa desde el punto de vista fiscal. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 se aprobó el 28 de junio, introduciendo modificaciones de carácter eminentemente técnico. Mayor calado tiene la introducción del suministro inmediato de información a partir de 1 de julio de 2017. Este nuevo sistema que exige el envío del detalle de los registros de facturación de modo inmediato a través de la web de la AEAT aplicará a aquellas entidades con obligación de autoliquidar el IVA con carácter mensual (según la Administración el 80% de la facturación empresarial española). Asimismo, se aprueba la declaración informativa de operaciones vinculadas y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Por otra parte, es preciso conocer el contenido del informe elaborado por la Comisión de Expertos para la revisión del modelo de financiación autonómica en lo relativo a los tributos cedidos a las CCAA, sobre los que se propone una serie de medidas en cuanto al reparto de las competencias normativas. Especialmente interesantes las relativas a la armonización de bases, escalas, tipos y deducciones, así como la homogeneización de las normas de valoración especialmente para los inmuebles. Habrá que esperar a la negociación de la Ley de Financiación de las CCAA para ver si se incorporan a la normativa estatal y autonómica.En cuanto a la actividad interpretativa de la Administración y los Tribunales, cabe destacar las siguientes. En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades son reseñables las Consultas de la DGT en relación con la aplicación de la reversión mínima de la provisión por deterioro, que fue acompañada a su vez de una Consulta del ICAC que analiza el impacto contable de dicho régimen. Asimismo, los Tribunales y la DGT han analizado numerosas cuestiones relativas a la aplicación del Régimen de Neutralidad. Entre ellas destaca una Sentencia del Supremo en la que se admite que la aplicación indebida del régimen se considera sancionable, si bien es preciso motivar suficientemente los criterios de tal decisión, sin poder ampararse en argumentos comunes y no adaptados al caso específico.También es destacable la actividad interpretativa de la DGT y otros tribunales en lo que se refiere al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tanto en lo referente a los distintos criterios de valoración así como en cuanto a la aplicación del Régimen de la Empresa Familiar. En este caso, es relevante la Resolución de la DGT de 13 de febrero de 2017 que cambia el criterio de la valoración de las donaciones de nuda propiedad con reserva de la facultad de disposición a favor del donante. Finalmente, también se han producido numerosas Consultas, Resoluciones y Sentencias, entre las que sobresalen varias Sentencias que hacen referencia a la regla de imputación del ajuar doméstico, cuestión siempre espinosa. Es importante tomarlas en consideración, máxime si los asesores fiscales propusieran algún cambio en previsión de futuras modificaciones de los impuestos patrimoniales.