Espiar el móvil de otro ya es un delito federal en la Argentina
Las personas celosas, en Argentina, lo pensarán más de dos veces antes de dedicarse a espiar el teléfono celular de sus parejas. Y es que en este país es novedoso que su Corte Suprema haya dictaminado que fisgonear el teléfono celular de la pareja, así como también sus cuentas de correos electrónico y de Facebook, constituirá un delito federal. Es decir, que este delito tendrá que ser investigado por los mismos jueces que juzgan las causas de terrorismo, narcotráfico o corrupción. Tal parece que, en el terreno de las nuevas tecnologías y vías de comunicación, los celos descontrolados tendrán su castigo.
En este sentido, y ante la ocurrencia cada vez más frecuente de casos de este tipo, no solo en Argentina, sino en el mundo entero, el procurador general adjunto de esa nación latinoamericana, Eduardo Casal, se ha pronunciado. A través de un histórico documento, señalaba que “el uso de las redes sociales y el correo electrónico son una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, y que su acceso solamente se da mediante un medio que por sus características está dentro de los servicios de telecomunicaciones”. Por ende, como los asuntos relacionados con las telecomunicaciones “son de interés de la Nación”, el mal empleo es un delito federal, como bien ha apoyado y respaldado la Corte Suprema de ese país.
Entre los casos más mediáticos vinculados a estas causales se encuentran el de una mujer que denunció a su esposo por violar sus contraseñas en las redes sociales y servicios de correo electrónico, y de copiar los datos de su tarjeta SIM para comprobar una supuesta infidelidad. Lo que sucedió en este hecho fue que llegó a la Corte debido a que un juez consideró que la denuncia quedaba reducida al interés puramente individual, lo cual no justificaba la participación de un tribunal federal. Ahora, un juez federal tendrá que dictar sentencia luego de analizar el delito.
Según las leyes de Argentina, el espionaje electrónico tendrá penas que estarán entre los 15 días y 6 meses, y por ende, es excarcelable. Además, la condena puede incrementarse a un año si se comprueba que el acusado compartió los datos con terceras personas. Es así como las invasiones a la privacidad cada vez va siendo más castigada, en un mundo donde los límites entre lo privado y lo público cada vez poseen fronteras más difusas, más distorsionadas, especialmente en el terreno de las nuevas tecnologías de la comunicación.